| RESOLUCIONES
DE LA DGRN DE PROPIEDAD HORIZONTAL
SEGURO DECENAL: NO ES EXIGIBLE EL SUPUESTO DE DIVISION HORIZONTAL SUJETA A LA LLAMADA “COMUNIDAD VALENCIANA”. R. 9 de mayo de 2007, DGRN. BOE de 19 de junio de 2007.
Luis-Fernando Muñoz de Dios Sáez, Notario de Herencia - Registro de la Propiedad de Daimiel. VINCULANTE
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INMATRICULACION EN MUNICIPIOS CON MONTES DEMANIALES: SILENCIO POSITIVO. R. 3 de mayo de 2007, DGRN. BOE de 19 de junio de 2007. Interesado – Registro de Barbate. VINCULANTE en parte.
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CERTIFICADO DE ANTIGÜEDAD DE UNA CASA EMITIDO POR INGENIERO TECNICO AGRICOLA. R. 22 de mayo de 2007, DGRN. BOE de 16 de junio de 2007. Notario de Antequera, don Jerónimo Moreno Moreno – Registro de Antequera. VINCULANTE
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EMBARGO DE LA CUOTA GLOBAL GANANCIAL SOBRE BIENES CONCRETOS. DIFERENTES SUPUESTOS. R. 17 de enero de 2007, DGRN. BOE de 23 de febrero de 2007
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INTERPRETACIÓN DE CLÁUSULA:
CADUCIDAD DE RESERVA DE SERVIDUMBRE A FAVOR DEL PROMOTOR.
R. 5 de junio de 2006, DGRN. BOE de 17 de julio de 2006.
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AMPLIACIÓN DE OBRA NUEVA EN PROPIEDAD HORIZONTAL Y ATRIBUCIÓN
DE CARÁCTER PRIVATIVO. REQUSITOS FORMALES DEL CERTIFICADO
DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS. R. 20 de abril de 2006,
DGRN. BOE de 1 de junio de 2006.
111. R. 20 de abril de 2006, DGRN. BOE de 1 de junio de 2006.
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EDIFICIO
NO ADAPTADO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL. REQUISITOS NECESARIOS
PARA LA EXIGENCIA DE UNANIMIDAD EN LA MODIFICACIÓN DE FINCAS.
R. 7 de abril de 2006, DGRN. BOE de 29 de mayo de 2006..
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SUPERFICIE
UTIL Y SUPERFICIE CONSTRUIDA EN ELEMENTOS PRIVATIVOS DE UNA DIVISIÓN
HORIZONTAL
R. 30 de diciembre de 2005, DGRN. BOE de 14 de febrero de 2006.
Vinculante.
Se otorga una escritura en la que se divide horizontalmente una
edificación en dos viviendas: la planta baja y la planta
alta.
La registradora exige que se exprese la superficie útil de
los elementos privativos, por entender que la superficie construida,
que es la que se refleja en la escritura, no es sólo la superficie
construida privativa de dichos elementos sino que refleja también
la parte proporcional de la superficie construida de los elementos
comunes
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CONSTITUCION DE CONJUNTO URBANISTICO: NO
BASTA EL ACUERDO DE LA MAYORIA DE CUOTAS Y PROPIETARIOS, SINO QUE
SE EXIGE LA UNANIMIDAD
R. 5 de enero de 2006, DGRN. BOE de 13 de febrero de 2006.
HECHOS: Una Comunidad de Propietarios, formada por 166 propiedades,
incluidas en parcelas para construcción cada una de una vivienda
unifamiliar, cinco bloques de apartamentos, más zonas verdes
y zona social, acuerda constituirse en Conjunto Urbanístico
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EXCESOS Y REDUCCIONES DE
CABIDA
R. 3 de enero de 2006,
DGRN. BOE de 13 de febrero de 2006.
HECHOS: Se formaliza escritura
de protocolización de operaciones particionales, en la que, respecto
de una de las fincas descritas en el cuaderno particional, se produce
un exceso de cabida (ajustado a un certificado catastral
descriptivo y gráfico), y en otra se lleva a cabo una reducción
de cabida (en este caso por la sola manifestación de los interesados).
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ACUERDOS DE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS. TRACTO SUCESIVO.
. R. 23 de julio de 2.005. DGRN. BOE de 13 de octubre de 2.005 Se
debate en el presente recurso sobre la posibilidad de inscribir
en el año 2000 un acta de protocolización de acuerdos de una comunidad
de propietarios en régimen de propiedad horizontal adoptados por
unanimidad en 1982.
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CANCELACIÓN POR CADUCIDAD DE ANOTACIÓN PRORROGADA ANTES DE LA
LEC
DGRN: Admite la cancelación por caducidad de una anotación preventiva prorrogada
con anterioridad a la vigencia de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil.
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PROPIEDAD HORIZONTAL. MODIFICACIÓN DE SUS ESTATUTOS. ACUERDO
DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS. TRACTO SUCESIVO
Doctrina: La DGRN revoca la nota de calificación. Distingue para ello,
como ya lo había hecho en otras resoluciones, entre actos colectivos de
la Comunidad y actos individuales que afectan al contenido esencial del
derecho de dominio de los distintos propietarios. Para los primeros no
es necesario, a los efectos fundamentalmente del art. 20 de la LH, que
presten su consentimiento individualizado dichos propietarios, bastando
el acuerdo, con todos los requisitos legales, de la Junta de Propietarios
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SEGREGACIÓN DE ZONA VERDE SIN LICENCIA. PROPIEDAD HORIZONTAL
TUMBADA Y CONJUNTO URBANÍSTICO. LICENCIA DE PARCELACIÓN.
La DGRN señala que en todo caso es necesario que la Administración ejercite
el mecanismo de control de los actos de segregación, bien mediante la declaración
del Ayuntamiento de innecesariedad de la licencia, o bien mediante la expedición
de la propia licencia.
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RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2005, de la Dirección General de
los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por
el notario de Valladolid, don Manuel Sagardía Navarro, contra la negativa
de la registradora de la propiedad n.º 5, de Valladolid, a inscribir una
escritura de modificación de constitución en régimen de propiedad horizontal,
y extinción de condominio, y su escritura complementaria.
«Dado que sobre la finca existía ya declarada una obra nueva y ahora se
declara que el edificio tiene una nueva descripción cuya inscripción como
obra nueva se solicita, no consta cómo se ha llegado a esa nueva descripción
cuya inscripción como obra nueva se solicita, vgr. previa demolición de
la edificación existente, por vía de rehabilitación, etc.». En este punto
ha de señalarse que no existe ningún precepto que exija expresar en la
declaración de obra nueva cómo se ha llegado a la nueva descripción, si
bien, en el supuesto objeto de este recurso, la propia Licencia de obras
unida a la declaración del técnico indica el proceso seguido. Tercer defecto:
«Dado que el nuevo régimen de Propiedad Horizontal es el resultado de la
obra nueva que se realiza, resulta incorrecto que se diga que lo que se
realiza es una modificación en la descripción de los departamentos que
integraban la anterior propiedad horizontal, ya que lo que se ha de constituir
es una nueva propiedad horizontal al haber quedado extinguida la anteriormente
existente».
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Admisibilidad o no de la notificación telemática .
Es una resolución de derecho mercantil, pero tiene su interes en cuanto
a la notificación telemática
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RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2005, de la Dirección General de los
Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña
María Isabel Gumá García, frente a la negativa del registrador de la propiedad
de Barcelona n.º 16, a inscribir una escritura de cambio de uso de departamento.
El único problema que plantea el presente recurso es el de dilucidar si
en Cataluña el cambio a vivienda de un elemento privativo de una propiedad
horizontal que consta inscrito como local necesita licencia municipal.
2. El artículo 179.e) de la Ley de Urbanismo de la Generalidad de Cataluña
no somete a licencia el cambio de uso de local a vivienda, pues se refiere
únicamente al «cambio de uso de los edificios e instalaciones». Y el artículo
202 de la misma Ley declara nulos los actos de «parcelación, edificación
y uso del suelo y subsuelo que se lleven a cabo sin licencia
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MODIFICACIÓN DE PROPIEDAD HORIZONTAL. EXISTENCIA DE UN COPROPIETARIO
EN LA FINCA MATRIZ PERO NO DE UN ELEMENTO PRIVATIVO INDEPENDIENTE.
R. 25 de abril de 2005, DGRN. BOE del 17 de junio de 2005.
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COMPRAVENTA AUTORIZADA POR NOTARIO ALEMAN: NO ES INSCRIBIBLE,
DADO EL DIFERENTE SISTEMA DE TRANSMISION DE INMUEBLES
R. 7 de febrero de 2005, DGRN. BOE del 6 de abril de 2005.
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Artículo 327 LH. La cuestión debatida es análoga a la resuelta
por este Centro directivo, en un supuesto semejante al presente. Según
dicha Resolución (vinculante para todo Registrador de la Propiedad), la
exigencia de licencia para inscribir divisiones..
La propiedad horizontal tumbada propiamente tal (no los complejos inmobiliarios)
no requieren licencia de división de finca aunque asignen el terreno en
uso exclusivo a las viviendas.
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DIVISION HORIZONTAL: PESE A LA ANTIGÜEDAD Y MAL ESTADO DEL EDIFICIO,
EL REGISTRADOR NO PUEDE PRESUMIR QUE HA SIDO OBJETO DE DERRIBO Y NUEVA
CONSTRUCCION.
R. 19 de febrero de 2005, DGRN. BOE del 6 de abril de 2005
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JARDÍN COMO ANEJO: NO ES NECESARIA LICENCIA DE DIVISIÓN.
R. 28 de enero de 2005, DGRN. BOE del 8 de marzo de 2005.
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MODIFICACIÓN DE DIVISIÓN HORIZONTAL TRAS LA VENTA DE ALGUNOS
ELEMENTOS
. R. 15 de enero de 2005, DGRN. BOE del 7 de marzo de 2005.
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PROPIEDAD HORIZONTAL DE HECHO: ES APLICABLE LA L.P.H.
R. 15 de diciembre de 2004, DGRN. BOE del 14 de enero de 2005.
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ESTATUTOS DE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
NO UNANIMIDAD PARA ACTOS DE DISPOSICIÓN DE LA FINCA. R. 4 de diciembre
de 2004, DGRN. BOE del 3 de enero de 2005
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CONTADOR PARTIDOR Y DIVISIÓN HORIZONTAL
R. 26 de noviembre de 2004, DGRN. BOE del 1 de enero de 2005. La DIRECCIÓN
GENERAL da respuesta a:
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Resolución de la DGRN de 26 de enero de 2002
articulo 2 de la LPH
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Resolución de la DGRN 12 de febrero de 2000
articulo 2 de la LPH
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Resolución de la DGRN de 10 de febrero de 2000
ARTÍCULO 2 LPH
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Resolución de la DGRN de 29 de noviembre de 1999
Relacionado con el articulo 2 de la LPH
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NULIDAD DE LOS ESTATUTOS DE UNA COMUNIDAD
Tienen que estar demandados todos los propietarios
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PROPIEDAD HORIZONTAL DE HECHO
se dan los presupuestos fácticos para que la propiedad horizontal surja
pero en los que no se ha otorgado el título constitutivo.
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En el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Las Palmas,
don Juan Alfonso Cabello Cascajo contra la negativa del Registrador de
La Propiedad de Las Palmas número 1, a inscribir una escritura de compraventa
en virtud de apelación de dicho Registrador.
14980 RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2004 «autocontratación
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PROPIEDAD HORIZONTAL CON ASIGNACIÓN DE USO PRIVATIVO DE PARTE
DEL TERRENO
ARTÍCULO 327 DE LA LEY HIPOTECARIA (Añadido por Ley 24/2001, de 27 de diciembre,
de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social) "...Publicada
en el Boletín Oficial del Estado la resolución expresa por la que se estime
el recurso, tendrá carácter vinculante para todos los Registros mientras
no se anule por los Tribunales. La anulación de aquélla, una vez firme,
será publicada del mismo modo."
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En el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de San Lorenzo
del Escorial don Sebastián Barril Roche contra la negativa del Registrador
de la Propiedad don Juan Dionisio García Rivas, titular del Registro n.o3
de la misma localidad, a inscribir determinada cláusula de una escritura
de división horizontal y extinción de condominio.
RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2004 «a esta finca le es anejo inseparable
el uso privativo de un trozo de terreno, destinado a jardín»
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Resolución-Circular de 3 de Diciembre de 2003, de la Dirección
General de los Registros y del Notariado, sobre la interpretación que deba
darse a las modificaciones introducidas en la Disposición Adicional Segunda
de la Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación, por
el artículo 105 de la Ley 53/2002 de 30 de diciembre de Medidas Fiscales,
Administrativas y de Orden Social.
http://www.notariosyregistradores.com/
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LA COMPROBACION DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN EL ARTICULO 15
Y 17 DE LA LPH ¿HASTA DONDE ALCANZA?
DESAFECTACIÓN Y VENTA DE ELEMENTO COMÚN. R. 4 de marzo de 2004, DGRN. BOE
del 14 de , ¿cómo comprobar que se intentó esa notificación y que fue imposible
practicarla en el domicilio designado al efecto? ¿Se entregó a un ocupante
del piso la notificación, o se colocó tal notificación en un lugar visiblede
uso general habilitado al efecto? ¿Cómo comprobar que cumplido todo lo
pertinente, tal o cual propietario se opusieron por un medio que permitió
tener constancia de la recepción
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EL ARRENDAMIENTO DE PLAZAS DE GARAJE NO ESTÁ SOMETIDO A LA LEY
DE ARRENDAMIENTOS URBANOS
ARRENDAMIENTOS DE GARAJES: NO EXISTE TANTEO Y RETRACTO. R. 3 de marzo de
2004, DGRN. BOE del 15 de abril de 2004.
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RESERVA DEL DERECHO DE VUELO Y SUBSUELO POR LA PROMOTORA EN UNA
PROPIEDAD HORIZONTAL Y FACULTAD DE SEGREGAR Y DESVINCULAR EL TERRENO
Una entidad promotora constituye una propiedad horizontal y se reserva
el siguiente derecho: El de independizar, del terreno excedentario,
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NEGATIVA A INSCRIBIR UNA ESCRITURA DE CONSTITUCION DE SUBCOMUNIDAD
7426 RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2002, de la Dirección General de los
Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el
Notario de Gandía, don Vicente Sorribes Gisbert, frente a la negativa del
Registrador de la propiedad de Denia, don Jacinto Maqueda Morales, a inscribir
una escritura de constitución de subcomunidad, en virtud de apelación de
dicho Registrador.
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DERECHO DE VUELO: PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD.
R. 18 de noviembre 2002.BOE del 28 de diciembre.
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INMATRICULAR UNA FINCA
7425 RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2002, de la Dirección General de los
Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el
Notario de Alcantarilla, don Juan Gómez Martínez, contra la negativa del
Registrador de la Propiedad de Murcia, número 6, don José Tomás Bernal-Quirós
Casciaro, a inmatricular una finca, en virtud de apelación del Registrador.
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INSCRIBILIDAD DEL REGLAMENTO DE REGIMEN INTERIOR EN LA PROPIEDAD
HORIZONTAL
Dcotrina de la DGRN, responde negativamente, porque auqne se podría discutir
si su contenido lo es realmente de un Reglamento de Regimen Interior o
de un autentico Estatuto, en cualquiera de los dos caso no sería inscribible,
porque si se trata de lo segundo se requiere la unanimidad de los propietarios(
cosa que no ocurre en el presente caso) y si se trata de lo primero no
tiene acceso al Registro conforme a la LPH
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PROPIEDAD HORIZONTAL SOBRE VIVIENDA UNIFAMILIAR: LICENCIA.
R. 28 de octubre de 2003, DGRN. BOE del 3 de diciembre de 2003.
Se debate acerca de si, para inscribir la división horizontal de una «vivienda
unifamiliar», se necesita acreditar la obtención de la oportuna licencia.
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RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2003, de la Dirección General
de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto,
contra la negativa del Registrador de la Propiedad,a inscribir cierta norma
estatutaria contenida en una escritura de declaración de obra nueva y división
horizontal.
. a) ser contraria a la Ley, pues la cubierta es un elemento común; b)
ser una regla abusiva, por cuanto se está utilizando un elemento común
para instalaciones que no redundan en beneficio de la comunidad, y c) falta
de precisión en el contenido del derecho
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BOE JUEVES 9 DE MARZO 2000 (BOE NÚMERO 59/ 4588)(Pags. 1 y 2)
RESOLUCION de 10 de febrero de 2000, de la Dirección General de los Registros
y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por Carlos González
Tabugo, como Administrador Secretario de la Comunidad de Usuarios y Comerciantes
Mercadito Colombia, calle Colombia número 3 locales comerciales
1 y 2 de Madrid, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de
dicha ciudad número 29 don Rafael Izquierdo Asensio, a diligenciar el Libro
de Actas de dicha comunidad
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BOE NUMERO 91 TRES PAGINAS(BOE SÁBADO 15 DE ABRIL DE 2000-04-23)7229
RESOLUCION de 24 de marzo de 2000 de la Dirección General de los Registros
y del Notariado
recurso gubernativo interpuesto or el Notario de Almeria don Salvador Torres
Escámez contra la negativa del Registrador de la Propiedad de dicha ciudad
número 1, don David Garcia Vitoria, a inscribir una escritura de declaración
de obra nueva y disolución de comunidad, en virtud de apelación del recurrente.
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BOE NUMERO 59 DOS PAGINAS. (BOE DE JUEVES 9 DE MARZO 2000)4589
RESOLUCION de 12 de febrero de 2000, de la Dirección General de los Registros
y del Notariado
Recurso interpuesto contra la negativa del Registrador de la Propiedad
de Madrid número 2, , Don Frnacisco Borruel Otín, a diligenciar un libro
de actas de la citada subcomunidad
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ERROR MATERIAL Y DE CONCEPTO
R. 10 de noviembre de 2003, DGRN. BOE del 18 de diciembre de 2003.
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ORDEN DE DESPACHO DE LOS DOCUMENTOS: PRINCIPIO DE PRIORIDAD
Articulo 17.1 y 24 de la Ley Hipotecaria
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DIVISIÓN HORIZONTAL TUMBADA, COMPLEJOS INMOBILIARIOS PRIVADOS
Y NECESIDAD DE LICENCIA DE SEGREGACIÓN
Incluso puede plantearse el caso de complejos inmobiliarios, en los que
se desee que sean de aplicación plena las normas de propiedad horizontal,
que el vuelo sea común,
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ANOTACIÓN DE DEMANDA POR OBRAS EN LOCAL
. R. 15 de diciembre de 2003, DGRN. BOE del 6 de febrero de 2004.
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GASTOS DE COMUNIDAD
. R. 11 de diciembre de 2003, DGRN. BOE del 6 de febrero de 2004.
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Negativa del Registrador titular del Registroa inscribir una
escritura de división horizontal.
Sería lo mismo que exigir licencia para la división horizontal en los frecuentes
supuestos de edificaciones integradas por varias viviendas adosadas, construidas
con una licencia que así lo autoriza sobre un solar indivisible según la
misma ordenación. No puede ésta limitar el derecho del constructor o promotor
a explotar o comercializar una construcción perfectamente legal e integrada
por distintas unidades explotables o enajenables de forma independiente
acudiendo a su división en régimen de propiedad horizontal.
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LIMITACIONES IMPUESTAS EN EL TESTAMENTO POR EL TESTADOR EXTRANJERO,
HAN DE REFLEJASE EN LA INSCRIPCION SIN QUE DEBA EN ESE MOMENTO ENTRAR EL
REGISTRADOR A PLANTEARSE SI SON O NO VALIDAS CON ARREGLO A LA LEY APLICABLE.
ES NECESARIO APORTAR, YA QUE ES EL TITULO INSCRIBIBLE, LA ESCRITURA DE
ADQUISICION POR PARTE DE LA CAUSANTE, Y QUE AHORA SE RATIFICA POR SUS HEREDEROS.
ES NECESRIO ACREDITAR LA NOTIFICACION A TODOS LOS ARRENDATARIOS A LOS EFECTOS
DEL RETRACTO. LOS ANEJOS EN LAS DIVISIONES HORIZONTALES HAN DE DESCRIBIRSE
DE ACUERDO CON EL ART. 9 LH.
R. 7 de octubre de 2002. BOE de 16 de noviembre
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DIVISIÓN DE LOCAL EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL (NO CONSTITUIDA
FORMALMENTE
R. 5 de octubre de 2002. BOE del 14 de noviembre.
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CONSTITUCIÓN DEL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL: LEGITIMACIÓN
DEL LEGATARIO DE UN PISO
R. 26 de septiembre de 2002 DGRN. BOE del 30 de octubre.
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DIVISION DE UN PISO SIN LICENCIA
R. 15 de octubre de 2002 DGRN. BOE del 11 de diciembre. . R. 16 de octubre
de 2002 DGRN. BOE del 11 de diciembre. Similar a la anterior.
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COMPLEJO INMOBILIARIO
. R. 23 de octubre de 2002. BOE del 11 de diciembre.
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DIVISIÓN HORIZONTAL: CLAUSULA ESTATUTARIA NO INSCRITA. R. 18
de marzo de 2003, DGRN. BOE del 26 de abril.
Se plantea en el presente recurso, si es inscribible una escritura de división
de un local en un edificio en régimen de propiedad horizontal sin el consentimiento
de la Junta de propietarios, al amparo de una cláusula estatutaria que
así lo permitía pero que, sin embargo, no se inscribió en su día en el
Registro.
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DILIGENCIADO DEL LIBRO DE ACTAS DE UNA PRETENDIDA MANCOMUNIDAD.
R. 22 de mayo de 2003, DGRN. BOE del 24 de junio de 2003
En ejecución de un plan parcial de ordenación descrito en la finca matriz,
se van desarrollando diversas fases....
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AGRUPACIÓN DE UN ELEMENTO DE DIVISIÓN HORIZONTAL CON FINCA INDEPENDIENTE.
R. 27 de febrero de 2003, DGRN. BOE del 9 de abril.
Cuestión planteada: si es posible agrupar registralmente dos fincas colindantes,
pertenecientes al mismo propietario, cuando una de ellas forma parte, con
otras, de un conjunto de naves industriales sujetas a régimen de propiedad
horizontal. La finca agrupada de dedica al servicio de una industria y
tiene unidad arquitectónica
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DESAFECTACION DE ELEMENTO COMUN, ARRASTRE DE CARGAS
Caso planteado: si en un edificio en régimen de propiedad horizontal, en
caso de desafectación de la vivienda-portería que pasa a constituir finca
independiente, ésta ha de quedar gravada o no con las cargas que recaían
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LIBROS DE ACTAS. INADMISIÓN DE RECURSO. R. 7 de mayo de 2003,
DGRN. BOE del 6 de junio de 2003.
Aparece en los libros del Registro una nota marginal de haberse diligenciado
un Libro de Actas de una comunidad ...
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RESERVA DE DERECHOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL. ...
R. 24 de noviembre de 2003, DGRN. BOE del 29 de diciembre de 2003.
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NEGATIVA A INSCRIBIR UNA ESCRITURA DE DESAFECTACIÓN DE ELEMENTOS
COMUNES DE EDIFICIO EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL Y VENA DE LOS MISMOS
RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2004, de la Dirección General de los Registros
y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Pablo Martín
Martín, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Madrid, número
2, don Francisco Borruel Otín,
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NEGATIVA A INSCRIBIR UNA ESCRITURA DE DESVINCULACIÓN DE UN ANEJO
RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2004, de la Dirección General de los Registros
y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por Improsureste,
S. L., contra la negativa del Registrador de la Propiedad número dos de
San Javier, don Santiago Laborda Peñalver
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RESERVA DEL DERECHO A EDIFICAR POR EL CONSTRUCTOR EN UNA PROPIEDAD
HORIZONTAL TUMBADA y TRANSMISIÓN DEL TERRENO
R. 15 de enero de 2004, DGRN. BOE del 1 de marzo de 2004.
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