| ANTENAS
EN EDIFICIOS
EL DINERO FACIL A LA LARGA PUEDE SER UNA CARGA DIFICIL

Cuando una CIA de Telefonía Móvil, viene a ofrecer
la instalación de una antena en un Edificio, lo hace siempre
diciendo que hace un gran favor, ya que va a pagar, y que si no
le contestamos en una semana, se lo ofrecerá al edificio
colindante, y perderíamos una gran oportunidad. Por lo tanto
convocamos una Junta de vecinos donde como orden del día
se pide la aprobación para la instalación de una Antena
de Telefonía Móvil , en esa reunión al ser
urgente, nos encontraremos que no hay nadie que se haya asesorado
de lo mas mínimo, sobre los perjuicios o beneficios de su
instalación
Hemos aprobado la instalación de la Antena de Telefonía
móvil, nos presentan un contrato, y no nos asesoramos sobre
el mismo, porque solo nos fijamos en la cantidad que nos han ofrecido,
y vamos a ver si es lo que nos han dicho, el contrato viene sin
firmar, pero nosotros lo tenemos que firmar y ya la empresa nos
lo devolverá firmado, la mayoría de las veces esos
contratos no van firmados por el Presidente en cada folio, sino
al final del contrato en el ultimo anverso o reverso del folio.,
se corre un peligro que ese contrato cuando vuelva a la comunidad
no sea el que habíamos leído, y aparezcan otras cláusulas,
o modificadas algunas, eso si la cláusula dineraria, seguirá
estando. Tendremos que tener en cuenta también que 3000 Kg.
encima de un edificio, modifica la estructura, y una modificación
visual, para ello como para el arrendamiento se necesita la aprobación
unánime de todos los propietarios del edificio
En los contratos que presentan las operadoras no suelen venir detalladas
las instalaciones que van a montar, encontrándonos en algunos
casos que son ampliadas sin autorización, conviene que nos
detallen las instalaciones que van a poner y el lugar exacto de
su ubicación.
También tendremos en cuenta, que se intentará poner
una cláusula que no les permita el subarriendo a otros operadores,
o cualquier tipo de subarriendo.
Tendremos en cuenta las cláusulas de rescisión de
contrato, no solo será por falta de pago, o porque salga
una ley que prohíba las antenas en los edificios.
Muy importante es pedir a la operadora de telefonía una
copia del seguro que han contratado para la antena del edificio
y su instalación, pues tendremos unos beneficios por su instalación
pero no nos cubrirán por los daños que pudieran producirse
por contaminación electromagnética, y hay que pensar
que somos subsidiarios de cualquier problema que se derive de la
instalación, y ¡librenos Dios ¡ de que algún
día se demuestre que las antenas tienen efecto nocivo para
la salud, pues no lloverían reclamaciones por daños
y perjuicios, de inquilinos ubicados en el edificio, de los edificios
colindantes, etc.?..
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