| CARACTERÍSTICAS TECNICAS DEL NUEVO REGLAMENTO
EN ASCENSORES ELECTRICOS.
Este estudio es una comparación
entre la Instrucción Técnica Complementaria (ITC), que ha quedado
derogada el 1 de Julio de 1.999, y la Norma UNE-EN-81-1 Normas de
Seguridad para la construcción e instalación de los ascensores parte
1, ascensores eléctricos.
0 Introducción
0.2.3.
Este punto obliga a prever en los elementos pesados el modo de fijación
de los elementos de elevación empleados para su montaje.
0.3.
1. No pueden
emplearse materiales dañinos tales como el amianto.
1 Objeto y campo de
aplicación.
1.2 (Nuevo) Especifica que no solo hay que cumplir la
norma, sino que también otros requisitos impuestos por la influencia
del lugar de instalación, como puede ser: climas extremos, terremotos,
ambiente explosivo, mercancías peligrosas, etc. ...)
1.3 (Modificado)
Los elevadores fabricados especialmente para minusvalidos tienen
que cumplir la norma armonizada.
2 Normas de Referencia
2.(Modificado) En
este punto se relaciona una serie de normas aplicables a componentes
del ascensor: ensayo de puertas al fuego, compatibilidad electromagnética,
cables eléctricos, etc. En la nueva versión se han sustituido algunas
normas y añadido otras.
3 Definiciones
3. (Modificado) En las definiciones de
los términos empleados se ha añadido el concepto de masa de equilibrado
con la idea de aquella masa que sirve para disminuir la potencia
del motor del ascensor. El concepto de contrapeso se reserva para
una masa que evidentemente sirve de equilibrado, pero también proporciona
adherencia entre los cables y la polea de tracción.
4 Símbolos
4.2 (Modificado)
Se suprime la lista de símbolos, se desarrolla en las diferentes
fórmulas que aparecen en la norma explicando la nomenclatura.
5 HUECO
5.2 Cerramiento de Hueco
5.2.1.2. (Nuevo)
Se admite explícitamente la existencia de ascensores panorámicos
y similares y se regulan las distancias de seguridad en huecos semicerrados.
a). (Nuevo) Delante
de la puerta de rellano la altura mínima de cerramiento es de 3.5
m sobre el piso terminado.
b). (Modificado)
En los otros tres lados la altura mínima de cerramiento es de 2.5
m sobre el piso terminado y la distancia medida en horizontal desde
el cerramiento a las partes móviles tiene que ser 0.5 m, si esta
distancia aumenta la altura del cerramiento puede disminuir hasta
1.1 m cuando la separación sea de 2 m.
(Nuevo) El cerramiento del hueco tiene que ser de
alma llena, es decir, no permiten malla
(Nuevo) Los salientes dentro del hueco serán como
máximo de 0.15 m.
Se añaden dibujos para
aclarar las características que debe tener el hueco. Estos dibujos están totalmente borrosos en las versiones
de la norma que hemos podido consultar.
5.2.2. 1. 1. (Modificado) Las trampillas de inspección tendrán
una altura mínima de 0.50 m (sigue igual) y un ancho mínimo de 0.50
m (antes eran de 0,35 m como mínimo).
5.2.3. (Modificado) La superficie de ventilación del hueco, que en la
ITC era del 2,5%, pasa al 1 % de la superficie transversal del hueco,
quedando igual que estaba en la EN 81.1.
5.3 Paredes, pisos y techos
5.3.1.2. (Modificado) Aumenta la deformación de la pared del hueco cuando
se aplican los 300 Nw. pasando de 10 a 15 mm.
Se admite el vidrio para la construcción
del hueco del ascensor. Se especifica además que estos vidrios deberán
de ser laminados si son accesibles a las personas.
5.3.2. (Nuevo) regula la resistencia del fondo del foso bajo guías si
están apoyadas.
R= Kg guías * S guías + R paracaídas
K1=3 paracaídas instantáneo de
rodillos
R= Kg guías * S guías + K1*gn* (P+Q) K1=2
paracaídas progresivo
nº guías K1=2 válvula paracaídas
K1=1.2 funcionamiento normal
5.3.2.2 (Nuevo) regula la resistencia del fondo del foso bajo los amortiguadores
de cabina
R=4*gn*(P+Q)
5.3.2.3 (Nuevo) regula la resistencia del fondo del foso bajo los amortiguadores
de contrapeso
R=4 * gn * masa equilibrado
; masa equilibrado = masa del contrapeso
Kg equilibrado
=(Kg cabina vacía + Kg soportados en cabina + Kg nominal) * coeficiente
de equilibrado
5.3.3. (Nuevo) regula la resistencia de la losa del techo bajo las guías
colgadas
5.4 ejecución de las paredes y de las puertas
de acceso frente a una entrada de cabina
5.4.3. (No cambia) los guardapies de las puertas de piso deben tener un
ancho igual a la apertura + 25 mm a cada lado y una longitud Lf.
Lf = ½ longitud de desenclavamiento
de cerradura + 50 mm.
(Nuevo) Se regula la resistencia mecánica de estos faldones bajo las puertas.
Con 300 N no permite tener deformación permanente, y la deformación
elástica no puede ser superiores 10 mm.
5.6 Protección en el hueco
5.6. l. (Nuevo) Exige que en el foso se coloque una protección al contrapeso,
para impedir que alguien se situé en la proyección del contrapeso.
Dicha protección tiene que ser rígida y estar separado del suelo
del foso en 0,30 m y tener una altura de 2,50 m y con una anchura
igual al ancho del contrapeso más 10 cm a cada lado de éste.
5.6.2. (Modificado) al 5.6.1 de la ITC. En huecos comunes de varios ascensores
hay que separar los fosos de ascensores, de tal forma que se impida
el paso de uno a otro, en todo el ancho del hueco y con una altura
de el foso mas 2.5 m.
5.6.2.2. (Modificado) Cuando la distancia entre partes
móviles de ascensores y la cabina de otro, en huecos comunes, sea
inferior a 50 cm ( antes eran 30 cm) será necesario poner una malla
de separación en toda la longitud del hueco.
5.7 Techo y foso
5.7.2.5. (Nuevo) Amplia un apartado donde obliga a poner en el foso
del ascensor un interruptor para encender el rosario de luces del
hueco. Anteriormente solamente se exigía en el cuarto de máquinas.
5.9 iluminación del hueco
5.9. Define la iluminación del rosario de luces diciendo que debe cumplir:
- (Nuevo) Con las puertas
de rellano cerradas tiene que tener a 1 m del techo de la cabina
y en el fondo del foso, una luminosidad de 50 Lux
- (Modificado) La primera
lampara desde el fondo del foso tiene que estar a 0.5 m del suelo
del foso y la ultima a 0.50 m del techo del hueco. La distancia
de las intermedias no esta fijada.
En ascensores panorámicos o en
huecos acristalados o de malla se puede suprimir el rosario de luces
si la iluminación de escalera o exterior garantiza los 50 lux en
todos los lugares del hueco.
5.10 Sistema de Socorro
5.10. (Nuevo) Hay que poner en el foso y en el techo de la cabina un
sistema de comunicación con el exterior ( 14.2.3.3) y que tenga
una batería con una carga para 1 hora sin corriente eléctrica (
14.2.2.3 y 8.17.4).
6 CUARTO DE MÁQUINAS
6.2 Accesos
6.2.1 (Modificado) Se suprime el requisito de tener una altura mínima
de 1.8 los accesos a los cuartos de maquina.
6.2.2. (Modificado) Cuando se accede al cuarto de máquinas mediante escalas
regula de forma mas especifica las condiciones que se tienen que
cumplir:
- (Nuevo) El desnivel no
mayor de 4 m.
- (Modificado) La escalera
tendrá que estar fija.
- (Modificado) Nos deja que
sean un poco mas tendidas y 1º menos de vertical. Angulo con la
horizontal entre 65º y 75º .
- (Nuevo) Regula las dimensiones
mínimas de los elementos de la escalera. Ancho 0.35 m huella peldaño
25 mm Separación del peldaño con la pared 15 m. Resistencia mínima
1500 Nw.
- Disponer de asidero en la parte superior.
- (Nuevo) Poner quitamiedos
en la parte superior
6.3 Construcción y equipamiento de los cuartos
de máquinas
6.3.2.1. (Modificado) Las dimensiones mínimas exigidas para las zonas de
seguridad de trabajo se modifican en :
Delante de cuadros: Ancho: Anchura
del cuadro o 0.50 m
Profundidad : 0.7 m
Superficies de seguridad: Iguales
6.3.2.2. (Modificado) Permite altura de circulación 1.8 m
6.3.3.1 (Modificado) Reduce la anchura mínima de las puertas de los cuartos
de máquinas pasando de 0,7 a 0,6 metros, la altura mínima sigue
siendo 1.8 m
6.3.3.2 (Modificado) Concreta más la resistencia de las trampillas
Resistencia 2000 Nw en una superficie
de 0.2 x 0.2 m sin tener deformaciones permanentes
6.3.7 (Nuevo) Hay que indicar la carga del gancho del cuarto de maquinas
(14.4.5).
6.4 Construcción y equipamiento de los cuartos
de poleas
6.4.3.2 Trampillas Cuarto de
poleas (Modificado) Las modificaciones son iguales
que para el cuarto de máquinas 6.3.3.2
6.4.6 (Modificado) No fija el intervalo temperatura de +5º y +40ºC que
se tiene que mantener el cuarto
6.4.7 (Modificado) Fija la intensidad de luz en 100 Lux ( la del cuarto
de máquinas 6.3.6 esta fijada en 200 lux)
7 PUERTAS DE ACCESO EN PISOS
7.1 Disposiciones generales
7.1 (Modificado) Se admite que las holguras entre las hojas de las puertas
y los cercos, largeros, dinteles, etc. sean superiores debidos al
desgaste de funcionamiento, llegando a 10 mm en lugar de los 6 mm
que permiten al instalarlo.
(Modificado) Permite puertas de cristal u otro material que cumpla
con el resto de requisitos.
7.2 Resistencia de las puertas y sus bastidores
7.2.2. (Modificado) Las disposiciones relativas a la resistencia al fuego
desaparecen de la reglamentación de ascensores y habrá de cumplirse
lo que especifiquen ayuntamientos, comunidades autónomas, etc.,
en cada caso. Respecto a la normativa aplicable para los ensayos
al fuego no se define ninguna norma. Solamente se indica que un
método de ensayo al fuego puede ser el descrito en el proyecto de
norma PrEN-81-8.
7.2.3.2 (Nuevo) Bajo la aplicación de una fuerza de 150 N w, la holgura
de la puerta con el marco puede exceder de 6 mm, pero no debe de
exceder de 45 mm total para puerta de apertura central.( la ITC
siempre < 6 mm ).
7.2.3.3 (Nuevo) Las fuerzas que sean aplicadas a una puerta de cristal
tienen que ser transmitidas sin dañar las fijaciones del cristal.
Si las dimensiones son superior
al 7.6.2 (ancho de 150 mm ) los cristales tienen que ser laminados
y ensayados según el anexo J
7.2.3.4 (Nuevo) Los cristales no pueden deslizar en las fijaciones ni salirse
de ellas aunque se haya roto.
7.2.3.5 (Nuevo) Los paneles de cristal tienen que estar marcados con el
fabricante, marca, tipo de cristal y espesor.
7.2.3.6 (Nuevo) Hay que reducir el peligro de que se pillen los dedos
tomando medidas como:
a)Reducir coeficiente de fricción
entre las manos y los cristales
b)Haciendo opaco el cristal hasta
una altura de 1.1 m.
c)Detectando la presencia de los
dedos
d)Otros métodos equivalente
7.4 Umbrales, guías, suspensión de puertas
7.4.2.1 (Nuevo) Las puertas tienen que tener una segunda guías por si la
primera se rompe por motivos de desgastes, corrosión o incendios.
7.5 Protección cuando funcionan las puertas
7.5.1 (Nuevo) La cara exterior de las puertas de las puertas automáticas
no deberán tener hendiduras que excedan de 3 mm.
7.5.2.1.1.4 (Nuevo) En el caso de tener operadores en la puertas de cabina
y en las puertas de pisos y actúen simultáneamente, tiene que cumplir
los mismos requisitos que si fuesen una sola puerta con un operador
(7.5.2.1.1.1 y el 7.5.2.1.1.2).
7.5.2.1.1.5 (Nuevo) El esfuerzo necesario para abrir una puerta plegable
no debe de exceder de 150 Nw.
7.7 Enclavamiento y control de cierre de puertas
de acceso
7.7.3.1.2 (Modificado) Especifica las condiciones que debe cumplir la unión
entre los elementos de contacto y el órgano que garantiza el enclavamiento
en instalaciones especiales contra humedad o explosiones.
7.7.3.1.6 (Modificado) Los dispositivos de enclavamiento tienen que soportar
una fuerza de 300 Nw sin disminuir la eficacia del enclavamiento.
7.7.3.3.3 (Nuevo) El dispositivo de enclavamiento se considera un elemento
de seguridad y tiene que ser homologado La ITC lo considera homologado
según el anexo D.
8 CABINA CONTRAPESO Y MASA DE EQUILIBRADO
8.2 Superficie de la cabina, carga nominal, número
de pasajeros
8.2.1 (Nuevo) Se especifica que la superficie disponible en la entrada
cuando las puertas están cerradas deberá ser tenida en cuenta al
calcular la superficie total de la cabina.
(Desaparece) La definición de cómo se calcula la carga en función
de la superficie de un montacoches. En la ITC era el punto 8.2.3.
8.3 Paredes, pisos y techo de la cabina
8.3.2.2 (Nuevo) Define como tiene que ser las cabinas panorámicas:
El cristal tiene que ser laminado
y ensayado de choque pendular según el anexo J
Si el cristal se extiende por debajo
de la cota 1.1 m, sobre el piso de la cabina, hay que poner un pasamanos
a una altura entre 0.9 y 1.1 m que no este fijado al cristal
8.3.2.3.(Nuevo) Los cristales no pueden deslizar en las fijaciones ni
salirse de ellas aunque las paredes se curven o alabeen.
8.3.2.4 (Nuevo) Los paneles de cristal tienen que estar marcados con
el fabricante, marca, tipo de cristal y espesor.
8.5 Cierre de las embocaduras de cabina
8.5 (Modificado) Obliga a que toda cabina tenga puertas.
8.6 Puertas de cabina
8.6.3. (Modificado) Se admite que las holguras entre las hojas de las
puertas y los cercos, largeros, dinteles, etc. sean superiores debidos
al desgaste de funcionamiento, llegando a 10 mm en lugar de los
6 mm que permiten al instalarlo
Queda derogado la posibilidad que
en montacargas para usuarios autorizado y advertidos con altura
de cabina superior a 2.5 m, instalar puertas de 2 m de altura y
el resto libre.
8.6.7.2 (Nuevo) Las fuerzas que sean aplicadas a una puerta de cristal
tienen que ser transmitidas sin dañar las fijaciones del cristal.
Si las dimensiones son superior
al 7.6.2 (ancho de 150 mm ) los cristales tienen que ser laminados
y resistir el ensayo del choque pendular, según el anexo J
8.6.7.3 (Nuevo) Los cristales no pueden deslizar en las fijaciones ni salirse
de ellas aunque la pared se curve o alabee.
8.6.7.4 (Nuevo) Los paneles de cristal tienen que estar marcados con
el fabricante, marca, tipo de cristal y espesor.
8.6.7.5 (Nuevo) Hay que reducir el peligro de que se pillen los dedos
tomando medidas como:
a)Reducir coeficiente de fricción
entre las manos y los cristales
b)Haciendo opaco el cristal hasta
una altura de 1.1 m.
c)Detectando la presencia de los
dedos
d)Otros métodos equivalente
8.7 Protección durante el funcionamiento de las
puertas
8.7.2.1.1.4 (Nuevo) El esfuerzo necesario para abrir una puerta plegable
no debe de exceder de 150 Nw.
8.7.2.1.1.5 (Nuevo) Si la puerta plegable actúa en un entrante, la distancia
entre ambos tiene que ser como mínimo 15 mm.
8.7.2.2 (Modificado) Limita las puertas de apertura vertical a ascensores
de carga ( la definición del apartado 3 es un poco ambigua "ascensores
destinados al transporte de cargas, generalmente acompañados de
personas")
También aumenta un requisito: la
puerta de cabina tiene que estar cerrada 2/3 antes de que comience
a cerrar la puerta de rellano.
8.8 Inversión del movimiento de cierre
8.8 (Nuevo) Con puertas automáticas hay que colocar en la botonera
de cabina un abrepuertas
8.9 Dispositivo eléctrico de control de cierre
de puertas de cabina
8.9.3 (Nuevo) Si las puertas de cabina tienen que ser enclavadas
(según el 11.2.1.c cuando la distancia de la puerta a la pared sea
excesiva ) tienen que cumplir:
a) La puerta tiene que estar enclavada
antes de comenzar a desplazarse la cabina (7.7.3.1), si tiene nivelación
con puertas abiertas tiene que tener un dispositivo eléctrico de
seguridad que cumpla con el 14.1.2
b)(7.7.3.3) El dispositivo de enclavamiento
se considera un elemento de seguridad y tiene que ser homologado
La ITC lo considera homologado según el anexo D.
8.11 Apertura de la puerta de cabina
8.11.2 (Modificado) Amplia un requisito, cuando la puerta de cabina esta
separada de la pared mas de 0.15 m la puerta (11.2.1) no puede ser
abierta salvo si esta en la zona de desenclavamiento (7.7.1)
8.13 Techo de Cabina
8.13.1 (Modificado) Define mas la resistencia del techo, mínimo 2.000 Nw
en un área de 0.20 x 0.20 m sin deformación permanente.
8.13.3 (Nuevo) Si la distancia entre la pared y el borde de la cabina
es superior a 0.30 m hay que montar una barandilla.
8.13.3.1 (Nuevo) Esta barandilla tiene que estar formada por un zócalo
de 0.1 m un pasamanos y al menos un pie intermedio.
8.13.3.2 (Nuevo) El pasamanos tiene que estar a 0.7 m del techo pero
si la separación a la pared es igual o superior a 0.85 m, dicho
pasamanos tiene que estar como mínimo a 1.1 m.
8.13.3.3 (Nuevo) La distancia mínima entre el pasamanos y cualquier
parte móvil del ascensor tiene que ser de 0.1 m.
8.13.3.4 (Nuevo) La barandilla no puede dificultar la entrada al techo.
8.13.3.5 (Nuevo) La barandilla tiene que estar montada dentro de los
0.15 m desde el borde de la cabina.
8.13.4 (Nuevo) Hay que señalizar peligro de asomarse (15.3.d).
8.13.5 (nuevo) Autoriza techo de cristal y tiene que ser laminado.
Por lógica tiene que cumplir las
mismas condiciones que el cristal de las paredes o de las puertas.
8.13.6 (Nuevo) Hay que proteger los piñones y poleas que estén en el
techo de:
Según el 9.7
a)de accidentes corporales
b)de salida de los cables
c)de entrada de objetos extraños
9.7.2 (Nuevo) Las protecciones
tienen que dejar inspeccionar las poleas, si son de chapa perforada
marca la resistencia en el cuadro 4.
8.17 Alumbrado
8.17.3. (Modificado) En ascensores equipados con puertas automáticas se
puede apagar la luz de cabina si la cabina está aparcada con puertas
cerradas.
9 SUSPENSIÓN, COMPENSACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA
VELOCIDAD EXCESIVA
9.3 Tracción por adherencia de los cables
El cálculo de los cables, coeficiente
de seguridad, adherencia, etc., se complica muy apreciablemente
y se define todo el procedimiento en un nuevo apartado Anexo M.
En los cálculos se hace que intervengan los momentos de inercia
de las poleas, formas de las ranuras de las poleas de tracción,
número total de poleas, número de flexiones inversas, la posición
del ascensor en el hueco, etc.
9.6 Cables de compensación
9.6.1 (Modificado) Para compensación por cable aumentan un requisito mas,
que consiste en que la polea tensora tiene que estar protegida conforme
9.7
Es obligatorio este sistema para
velocidades superior a 3.5 m/sg antes era 2.5 m/sg
9.7 Protección de poleas de tracción, poleas
y piñones
9.7.2 (Nuevo) Las protecciones tienen que dejar inspeccionar las
poleas, si son de chapa perforada marca la resistencia en el cuadro
4.
9.8 Paracaídas
9.8.1.1 (Modificado) Contempla la posibilidad de instalar un paracaídas
en subida conforme al 9.10 que obliga a ascensores movidos por adherencia.
9.8.1.3 (Nuevo) El paracaídas se considera elemento de seguridad por
lo que tiene que estar homologado según el anexo F.
9.8.6.3 (Modificado) Es condición obligatoria el que este precintado la
regulación del paracaídas una vez regulado.
9.9 Limitador
9.9.2.1 ( Anulado) Se suprime la recomendación de que para velocidades
superiores a 1 m/sg la velocidad de disparo se tendría que aproximar
al limite superior.
- (Modificado) Se amplia los requisitos que tiene que cumplir,
aparte del esfuerzo que debe provocar:
La ranura de los limitadores de
velocidad ha de ser endurecida mediante un proceso adicional o
Tener forma de U rebajada o en
V cumpliendo ambos casos con el M 2.2.1.1 y M 2.2.1.2 respectivamente.
9.9.6.1 (Modificado) Quitan la condición de que el cable sea metálico.
9.9.6.2 (Modificado) Considera un coeficiente de rozamiento de 0.2 para
la carga de rotura del cable del limitador.
9.9.8.3 (Nuevo) Amplia las condiciones que se tienen que cumplir cuando
el limitador esta situado desde el exterior:
- Tiene que ser actuado por un mando remoto, no de radio, y que no puedada
ser activado por error por personas ajenas al mantenimiento.
- Tiene que ser accesible desde el techo de la cabina o desde el foso.
- Una vez acuñado tiene que retornar a su posición de funcionamiento
cuando es desbloqueado moviendo la cabina o el contrapeso en subida.
El rearme del contacto se puede efectuar por control remoto desde
el exterior.
9.9.11.1 (Modificado) Desaparece en el disparo eléctrico la condición para
ascensores de tensión variable y los considera como ascensores normales
teniendo que entrar el contacto antes que se acuñe.
9.9.11.2 (Modificado) Desaparece expresamente que el rearme del contacto
tiene que ser realizado por una persona competente.
9.10 ( NUEVO) Dispositivos de protección de sobrevelocidad
en cabina, en subida.
9.10.1 Dispositivo que debe detectar la sobrevelocidad de la cabina en subida
y provocar la parada, y actuar entre el 115 % de la velocidad nominal
y como máximo +10 % de esa velocidad, o la disminución de la velocidad
a la calculada para los amortiguadores de contrapeso.
9.10.2 El dispositivo tiene que ser independiente.
9.10.3 No debe permitir deceleraciones con cabina vacía mayores de un gn
9.10.4 Debe de actuar sobre alguno de los siguientes elementos:
- Cabina
- Contrapeso
- Cables de suspensión
- Polea motriz o eje
9.10.5 Tiene que tener un contacto eléctrico
9.10.6 El rearme tiene que ser manual por personal competente
910.7 Para rearmarlo no tiene que ser accediendo a la cabina o al contrapeso.
9.10.8 Después de su reposición tiene que operar perfecto.
9.10.9 El dispositivo que actúe con energía tiene que operar si ella.
9.10.10 Si es un limitador debe de cumplir todos los requisitos de este.
9.10.11Tiene que ser un dispositivo homologado conforme anexo F.
10 Guías, amortiguadores, dispositivos de seguridad
en final de recorrido.
10.1 Disposiciones generales de las guías
10.1.1. (Modificado) Relaciona los aspectos que tienen que cumplir para
un buen funcionamiento:
asegurarse guiado de cabina y contrapeso
limitar deformaciones
El calculo de guías se realiza
conforme al anexo G, siendo esta mucho mas extenso que el actual.
10.1.2.1 (Nuevo) Se definen los coeficientes de trabajo, formula y tablas
para el calculo de guías.
10.1.2.2 (Nuevo) En guías de T con paracaídas la flecha máxima admisible
es de 5 mm, mientras que si no tiene paracaídas se admite máximo
10 mm.
10.1.3 (Nuevo) Los anclajes deben permitir el asentamiento del edificio
sin soltar las guías.
10.2 Guiado de la cabina contrapeso y masa de
equilibrado.
10.2.3 (Nuevo) Especifica concretamente que las guías de contrapeso
o de la masa de equilibrado pueden ser de chapa preformada, pero
tiene que estar protegida contra la corrosión.
10.3 Amortiguadores de Cabina y contrapeso
10.3.1 (Modificado) Si los amortiguadores están a 0.15 m de las guías o
elementos fijos, a excepción de las paredes del hueco, son considerados
como obstáculos.
10.3.3 (Modificado) Permite los amortiguadores de acumulación de energía
de poliuretano para v < 1 m/sg.
10.3.4 (Modificado) Para v < 1.6 m/sg no se puede
emplear amortiguadores de acumulación de energía con amortiguación
de movimiento de retorno.
10.3.6 (Nuevo) Los amortiguadores de poliuretano (características
no lineales) de acumulación de energía con amortiguación de movimiento
de retorno e hidráulicos ( disipación de energía) tienen que estar
homologados conforme al anexo F5.
10.4 Carrera de los amortiguadores
10.4.1.2( Nuevo) Especifica la carrera para amortiguadores con características
no lineales ( poliuretano)
10.4.3.2 (Modificado) La carrera en los amortiguadores de disipación de energía
(hidráulicos) no podrán tener una carrera menor a 0.54 m
10.4.3.3 (Modificado) Los amortiguadores de disipación de energía (hidráulicos)
no deben de tener deformaciones permanentes.
10.5 Dispositivos de seguridad de final de recorrido.
Desaparece los detectores de antipatinado
de cables antes 10.6
Los contactos por aflojamiento
de cables pasan al 12.10
11 Holguras entre cabina y paredes de los accesos,
así como cabina, contrapeso y masa
de equilibrado
11.2 Holguras entre cabina y paredes de los accesos,
así como cabina, contrapeso y masa de equilibrado
11.2.3 (Modificado) Reduce la distancia entre hojas de cabina y de rellano
a 0.12 m.
11.2.4. (Nuevo) Cuando existe puerta plegables en cabina y una puerta
batiente en rellano no debe ser posible meter una esfera de 15 cm
entre ambas estando cerradas.
Desaparece todas las disposiciones
de holguras para cabinas rasantes ( No se puede instalar).
11.3 Holguras entre cabina, contrapeso y masa
de equilibrado
11.3 (Modificado) Desaparece la holgura de 0.03 m entre contrapeso y
paredes.
12 Maquinas
12.4 Sistema de Frenado
Desaparece el concepto de que el
frenano sea por aplicación de al menos dos zapatas o mordazas (
antes el 12.4.2.6)
12.5 Maniobra de Socorro
12.5.1.1 (Modificado) Impone un requisito mas. Si el volante de socorro es
desmontable tiene que tener un corte de maniobra.
12.6 Velocidad
Las mismas tolerancias aplicadas
para la velocidad nominal de cabina, lo amplia para las velocidades
de:
nivelación
renivelación
Inspección
Maniobra de socorro
Puesta a nivel de carga
12.9 ( Nuevo) Dispositivos de seguridad contra
cables o cadenas flojos
En ascensores de arrastre tienen
que tener un dispositivo eléctrico de seguridad, de aflojamiento
o rotura de cables
12.10 ( Nuevo) Limitador de Tiempo de motor girando
12.10.1 Deben de tener un limitador de Tiempo de motor girando que provoque el
corte de energía (Límite de recorrido).
12.10.2 La regulación tiene que ser
máximo 45 seg
T recorrido < 10 sg Regular
a 20 seg
T recorrido > 10 sg Regulación
= T recorrido + 10 seg
12.10.3 El rearme tiene que ser manual
12.10.4 Dicho corte no tiene que afectar ni a la maniobra de
revisión ni a la de socorro.
13 Instalaciones y aparatos eléctricos.
13.1 Disposiciones generales
13.1.1.3 (Nuevo) La Compatibilidad electromagnética debe de cumplir
con EN 12015 y 12016
13.1.3 (Modifica) Nuevos aislamientos
para la instalación
Tabla
| Tensión
nominal del circuito
(V) |
Tensión
de Ensayo
(V) |
Resistencia
de aislamiento
(MW) |
| TBTS |
250 |
> 0.25 |
| < 500 |
500 |
> 0.5 |
| > 500 |
1000 |
> 1.0 |
13.2 Contactos, contactores auxiliares, componentes
de los circuitos de seguridad
13.2.1.1 (Modificado) Los contactores tienen que cumplir con la nuevos disposiciones
la EN 60947-4-1 en lugar de la UNE-20-109-81 que requería la ITC.
13.2.1.2 (Modificado) Lo mismo que el anterior pero para contactores auxiliares
y la norma a aplicar es la EN-60947-5-1 en lugar de la UNE 20-109-74.
13.2.2.3 (Modificado) Cambia la normativa a aplicar pasando a la EN 60947-4-1
y EN 60947-5-1. Remite al cuadro del Anexo H donde se recoge las
condiciones que tienen que cumplir las placas de circuitos impresos
y otros elementos eléctricos.
13.3
Protección de los motores y otros equipos eléctricos
13.3.3 (Modificado) Cuando salten los termopares del bobinado del motor,
el corte y el rearme tienen que actuar conforme al 13.3.6.
13.3.6 (Nuevo) Cuando se supere la temperatura prevista por el fabricante
de un dispositivo eléctrico y el ascensor no debe seguir funcionando,
la cabina tiene que seguir en movimiento hasta llegar a la planta
mas próxima y abrir puertas para que salgan los pasajeros. El rearme
se realizara automáticamente cuando se recupere la temperatura normal
de trabajo.
13.4 Interruptores principales
13.4.1( Modificado) El enchufe de foso tiene que estar alimentado a través
del diferencial y magnetotérmicos de alumbrado.
13.4.2 (Modificado) Los diferenciales y Magnetotermicos tienen que tener
un dispositivo que nos permita bloquearlos con un candado cuando
estén cortados .
13.5 Conductores eléctricos
13.5.1,13.5.1.1,13.5.1.2 y 13.5.1.3
( Modificados) Cambian
las normas aplicables a cada tipo de conductor.
| Articulo |
Tipo
de Conductor |
Normativas
Aplicable |
Calidad
según norma |
Condiciones |
| 13.5.1 |
Todos
menos cordón de maniobras |
CENELEC |
HD.21.3
S3
HD.22.4 S3 |
Dentro
de tubos de plástico o metálicos |
| 13.5.1.2 |
Cables
Rígidos |
2
del CENELEC |
HD
21.4 S2 |
Montajes
Fijos visibles |
| 13.5.1.3 |
Cables
Flexibles |
CENELEC |
HD.22.4
S3
3(HO5RR-F)
5(HO5VV-F)
HD 22.4 S3 |
Siempre
dentro de un conducto que asegure una protección |
13.6 Alumbrado y toma de corriente
13.6.3.2 (Modificado) Para el rosario de luces hay que poner un interruptor
en el foso, conmutado con él del cuarto de máquinas.
14 Protección contra defectos eléctricos-maniobras
prioritarias
14.1 Análisis de defectos y dispositivos eléctricos
de seguridad
14.1.2.1.1 (Modificado) Los dispositivos de seguridad deben de estar constituidos
por componentes según el anexo H.
14.1.2.1.3 (Modificado) Las conexiones en paralelo a un circuito de seguridad
solo puede ser para obtención de información, a excepción de la
maniobra de renivelación, de socorro o de nivelación con puertas
abiertas que están permitidas.
14.1.2.2.2 (Modificado) Cambian las categorías de los contactos de seguridad
AC-15 para corriente alterna (antes
AC-11)
AC-13 para corriente continua (antes
AC-11)
14.1.2.2.3 (Modificado) Reduce las condiciones de las cubiertas protectora,
de los contactos, que no son del tipo IP 4X
Distancia en el aire 3 mm. Linea
de fuga 4 mm ( en la ITC anterior ambos a 6 mm)
14.1.2.3.2.3 (Modificado) Nuevos requisitos de los circuitos de seguridad en
caso de fallos múltiples.
14.1.2.3.3 (Nuevo) Los circuitos de seguridad que contengan componentes
electrónicos tienen que tener certificado de homologados y tipo,
conforme al anexo F-6.
14.2 Maniobras
14.2.1.1 (Modificado) Expresa claramente que maniobra puede realizarse por
todo tipo de sistemas, botoneras capacitivas, tarjetas magnéticas,
etc.
14.2.1.4 (Modificado) Si se acopla una maniobra eléctrica de socorro, debido
a que el esfuerzo para mover el volante es superior a 400 Nw, se
aumenta un requisito mas, se tiene que anular por la maniobra de
inspección.
14.2.2.1 (Modificado) Obliga a instalar un interruptor de seta también en
el interior de la cabina, máximo a 1 m de la entrada, de ascensores
con maniobra de puesta a nivel de carga.
14.2.3 (Nuevo) Sistema de comunicación con el exterior.
14.2.5.1 (Nuevo) Hay que instalar un pesacargas que anule la maniobra,
incluso la renivelación.
14.2.5.2 (Nuevo) Actuara cuando se ha sobrepasado un 10% la carga de
la cabina, con un mínimo de 75 Kg.
14.2.5.3 (Nuevo) Indicara sonoramente o visual a los pasajeros de que
hay sobrecarga , las puertas automáticas estarán en posición abierta.
15 Rótulos e instrucciones.
15.3 Sobre el techo de la cabina
15.3 (Modificado) Amplia una señalización mas en el techo de cabina:
Cuando hay que poner una barandilla
hay que señalizar el peligro de caída en la barandilla.
15.10 Identificación eléctrica
15.10 (Modificado) Especifica claramente que los fusibles tienen que estar
marcados con el valor y tipo.
15.15 Baterías de ascensores
15.15 (Nuevo) Cuando en un cuarto de maquinas existen varios ascensores
hay que marcar los cuadros, máquinas, limitadores, interruptores,
etc.., con un número o letras secuencial que también ira colocado
como mínimo en el techo de la cabina y en el foso.
15.16 Dispositivos de protección de sobrevelocidad
en subida
15.16
(Nuevo) Los elementos
de sobrevelocidad en subida también tienen que estar marcados igual
que los limitadores.
16
Inspección Pruebas Registro Entretenimiento
16.1 Inspección y pruebas
16.1.3 (Modificado)
Amplia las homologaciones que hay que presentar, en el expediente,
a:
- Dispositivo de protección de sobrevelocidad en
subida
- A parte de los amortiguadores hidráulicos también
hay que presentar homologación de los amortiguadores no lineales,
es decir, de los de poliuretano
- Circuitos de seguridad que conteniendo componentes
electrónicos.
16.3 Información del instalador
16.3 (Nuevo) Hay que entregar a la puesta en marcha un
manual al propietario.
Elaborado por D. Iñigo
Gutiérrez. Ascensores
Indaco |