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RESOLUCIÓN: R/00071/2007
En el procedimiento sancionador PS/00162/2006, instruido por la Agencia Española de Protección de Datos a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE C/.FERNANDO POO, 22-34, DE MADRID, vista la denuncia presentada por Dª. X.X.X. y D. Y.Y.Y., y en base a los siguientes

 

ANTECEDENTES
PRIMERO: En fecha 28/10/2005, tuvo entrada en esta Agencia Española de Protección de Datos un escrito formulado por Dña. X.X.X. y D. Y.Y.Y. (en lo sucesivo los denunciantes), en el que denunciaban que, sobre el 15/07/2005, y hasta el día en que firman el escrito de su denuncia, 28/10/2005, en los tablones de anuncios de los portales integrantes de la Comunidad de Propietarios de c/ Fernando Póo nº 22 a 34 de Madrid, se publicó una carta en la que se da cuenta a todos los propietarios de la Sentencia recaída en un pleito interpuesto por los denunciantes. Dicha carta expresa el resultado de la resolución judicial favorable a los intereses de la Comunidad y señala que ha sido recurrida por los denunciantes, lo que podría provocar un aumento de los gastos.
Los denunciantes manifiestan que en dicha carta se contienen datos de carácter personal.
SEGUNDO: El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, tras la recepción de la denuncia, ordenó a la Subdirección General de Inspección de Datos la realización de las actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados, teniendo conocimiento de los siguientes extremos:

    • 1. A requerimiento de los Servicios de Inspección, el “Cargo 1” de la citada Comunidad, manifestó que se publicó la citada carta en los tablones de anuncios, porque los propietarios de la Comunidad son partes afectadas, y la ley establece como públicas las actuaciones judiciales, considerando conveniente su divulgación a los vecinos integrantes de la Comunidad, pues el tema acarrearía probablemente un incremento de gastos a cada vecino.
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