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RESPONSABILIDADES DE LAS COMUNIDADES

La sala Primera del Tribunal Supremo de Justicia ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (España) que condena a una comunidad de propietarios a indemnizar con 1.870.000 pesetas  a un hombre que sufrió lesiones al caer por causa del mal estado del pavimento, en concreto, por deterioro de unas losetas. La sentencia estima que la comunidad de propietarios era “conocedora de la existencia de losetas en mal estado y del serio peligro que entrañaban para los viandantes desde hacia tiempo, y no agotó las cautelas pertinentes ni apresuró las precauciones que eran exigibles”, por lo que el Tribunal considera oportuno el establecimiento de la indemnización. Según señala la sentencia, la comunidad debería haber puesto unos “carteles anunciando el peligro” que representaba la zona, y debería haber reparado las losetas que se rompían o mostraban mal estado. El Tribunal Supremo ha estimado que “esa responsabilidad proviene, no por defectos de la construcción, sino por defectos de mantenimiento, al no haber tomado cautelas ni precauciones” necesarias sobre el pavimento de la finca donde ocurrieron los hechos.

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