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PNRCD 2001-2006

RESOLUCIÓN DE 14 DE JUNIO DE 2001, DE LA Secretaria General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 1 de junio de 2001, por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición 2001-2006

Los residuos de construcción y demolición (RCDs), código C.E.R. 170000, proceden en su mayor parte de derribos de edificios o de rechazos de los materiales de construcción de las obras de otros de nueva planta y de pequeñas obras de reformas en viviendas o urbanizaciones. Se conocen habitualmente como escombros. Con arreglo a la legislación española -Ley 10/1998, de Residuos-la competencia sobre su gestión corresponde a las Comunidades Autónomas, a excepción de los RCD procedentes de obras menores domiciliarias.Se generan en grandes cantidades y el volumen supera al de origen doméstico. Estos residuos se están llevando en su mayor parte a vertedero, dadas las favorables condiciones de precio que proporcionan éstos con unos costes de vertido que hacen que no sea competitiva ninguna otra operación más ecológica. Con ello contribuyen a la rápida colmatación tanto de los vertederos municipales como los vertederos especiales de RCDs. En el peor de los casos se vierten de forma incontrolada, con el impacto visual y ecológico consiguiente. Hay que decir que también los vertederos de residuos inertes deberán cumplir los exigido por la Directiva 99/31, de vertidos.La mayor parte de los RCDs se pueden considerar inertes o asimilables o inertes, y por lo tanto su poder contaminante es relativamente bajo pero, por el contrario, su impacto visual es con frecuencia alto por el gran volumen que ocupan y por el escaso control ambiental ejercido sobre los terrenos que se eligen para su depósito. Un segundo impacto ecológico negativo se deriva del despilfarro de materias primas que implica este tipo de gestión, que no contempla el reciclaje.Los denominados residuos inertes pueden tener distintas procedencias: Excavaciones de suelos o ejecución de obras de reforma en calles del casco urbano; los originados en carreteras e infraestructuras; mezcla de los escombros de construcción o demolición de edificios y los rechazos o roturas de la fabricación de piezas y elementos de construcción. Puesto que los primeros suelen ser tierras limpias (las que no lo sean, o así se sospeche, sí tendrán que ser tratadas y recicladas en función del tipo de contaminación que contengan) que pueden ser reutilizadas sin mayor problema en rellenos para obras viarias o para regularizar la topografía de un terreno, este Plan se va a ocupar únicamente de los escombros que se generan como desecho por la construcción o demolición de un edificio o de una obra civil, así como de los generados en los procesos de construcción.