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PREGUNTAS SOBRE LA VIVIENDA

1.-¿Cuánto vale mi vivienda?.-

No tienen por qué coincidir el precio que pagaste por ella o el precio por el que podrías venderla con el valor de tasación. A la hora de conceder un préstamo hipotecario, las entidades financieras se fijan en el valor de tasación para concederte el importe que has solicitado. Lo normal es que la cobertura del riesgo que ofrecen las entidades no supere el 80% del valor de tasación aunque hay entidades que llegan hasta el 100%

2.-¿Estoy obligado a contratar un seguro de daños que cubra el valor del inmueble tasado?

Según la ley del mercado hipotecario estás obligado a pagar un seguro de daños sobre el inmueble tasado. El no tener dicho seguro considerar como una falta grave por parte de la entidad que te ha dado el préstamo. También es conveniente obtener otros seguros para cubrir posibles percances como un seguro multirriesgo del hogar y un seguro de vida o de amortización del préstamo.

 3.-¿Qué impuestos tengo que pagar si compro una vivienda usada o de segunda mano?

Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana y el impuesto sobre bienes inmuebles.

4.-¿Qué es el impuesto sobre bienes inmuebles?

Es un impuesto directo de carácter real, es exigido de forma obligatoria por los municipios y su gestión es compartida por la administración del estado, que grava el valor catastral de los bienes inmuebles. Dicho impuesto, a diferencia de otros, ha de pagarse todos los años. Se cobra el día 1 de enero de cada año pero como excepción en Madrid, se pasa al cobro entre el día 1 de octubre y el 30 de noviembre. Este impuesto se ha de pagar en el momento en que seas propietario del inmueble que haya adquirido (ya sea de primera o de segunda mano). Hay que tener en cuenta que el primer año en el que adquieres la vivienda al expropietario (vendedor) le corresponde pagar la parte proporcional del impuesto devengado ese año al tiempo en que ha poseído esa vivienda.

5.-¿Qué es el impuesto sobre el incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana?

Es lo que comúnmente conocemos como plusvalía municipal. Es un impuesto municipal que grava las rentas inmobiliarias urbanas de carácter extraordinario, que se producen por la transmisión de la propiedad. Solamente recae sobre los bienes inmuebles urbanos, es decir, grava el valor del suelo y no la construcción. Se produce el devengo del impuesto cuando hay una transmisión de la propiedad y recae sobre el incremento del valor que han experimentado los terrenos urbanos durante el período que media entre la adquisición y la enajenación.

6.-¿Qué es el impuesto sobre el valor añadido?

El impuesto sobre el valor añadido, comúnmente llamado IVA, es un impuesto de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava. El fin último de este tributo es recaer sobre los consumidores finales de los bienes y servicios transmitidos. Por lo tanto, al adquirir un inmueble serás tú el que deberá pagar de forma obligatoria y definitiva este tributo. Para conocer el importe que deberá pagar debe multiplicar el valor real del inmueble consignado en la escritura de compraventa por el tipo impositivo del 7 % .Existe una excepción que hay que tener en cuenta: las viviendas de protección oficial, tienen un tipo impositivo especial y súper reducido del 4 %.

7.-¿Cómo se gestiona y se tramita una escritura de compraventa?

En primer lugar es necesario la expedición de la copia autorizada por el notario; a continuación hay que liquidar y pagar los impuestos que corresponden según el tipo de vivienda (si es de primera o de segunda mano) ante la hacienda pública; prosigue con la presentación de la escritura ya pagada ante el registro de la propiedad; y finaliza con la inscripción de la misma en el citado registro. Es conveniente que se modifique en el catastro la titularidad que allí figura, para que figure el nuevo propietario y su actuación se entienda directamente contigo.

8.-¿Qué debe incluir la escritura de propiedad?

En la escritura deberá incluir: Las partes que intervienen (vendedor y comprador); la descripción física del inmueble; el título de adquisición (escritura por la cuál el vendedor compró en su día la vivienda); la inscripción en el registro de la propiedad del título de adquisición a nombre del vendedor; su valor; las cargas que pesan sobre la vivienda si es que las hay; el pago de los gastos de la comunidad; el precio de la compraventa y cual es la forma de pago; la sujeción de la operación a lo estipulado en las distintas normativas administrativas y, las obligaciones que de índole fiscal se derivan del mismo. Una vez explicada y leída la escritura de compraventa por parte del notario, deberás firmar conjuntamente con el notario y con el vendedor.

9.-¿Cuál es la documentación necesaria para comprar una vivienda de segunda mano?

Es necesario incluir el último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles pagado por el vendedor, la Escritura original de propiedad, debidamente inscrita en el registro de la propiedad. En ella ha de acreditarse que el vendedor es su titular y debe constar además todas las características físicas de la vivienda que vas a comprar, el Certificado expedido por el presidente de la comunidad de propietarios certificando que el vendedor está al corriente en los gastos de comunidad, para que te garantice que la casa que compras no tiene deudas respecto de la comunidad de vecinos.

10.-¿Qué tengo que hacer cuando haya recopilado toda la información necesaria para mi nueva vivienda?

Primero hay que dirigirse a la notaría , donde los oficiales junto al notario le ayudarán y asesorarán para llevar de manera óptima la operación de compraventa, mediante la creación de la escritura pública de compraventa (documento que acredita por escrito la operación de adquisición de la vivienda). El notario redactará la escritura de compraventa y autorizará la misma, pasando por el asesoramiento técnico y advertencia del cumplimiento de las disposiciones legales aplicables al caso, tanto fiscales y urbanísticas como civiles como administrativas. La escritura pública, es requisito indispensable y obligatorio a la hora de inscribirse en el registro de la propiedad.

11.-¿Qué personas intervienen a la hora de tramitar una hipoteca?

Las personas que intervienen a la hora de tramitar una hipoteca: son el vendedor, el comprador, el banco, el notario, la gestoría y el registro de la propiedad.

12.- ¿Cuáles son los aspectos legales a seguir a la hora de tramitar una hipoteca?

Deberás acudir al registro de propiedad y a una notaría, allí te darán toda la información que necesitas. También es recomendable pedir asesoría a una abogado aunque no es obligatorio.

13.- ¿Qué es el registro de propiedad? ¿para que sirve?

En el registro de la propiedad, se puede verificar, mediante una nota simple informativa, que el vendedor es realmente el titular y propietario de la vivienda que quieres comprar y cerciorarte si existe algún tipo de carga sobre la misma. La nota simple informativa, se produce, normalmente, el mismo día o al día siguiente, de solicitarla. Tiene un precio aproximado de 580 ptas. La consulta al registro de la propiedad tiene el fin de evitar futuros problemas ya que es una garantía jurídica.

14.- ¿Qué función cumple el notario?

El notario informa de todos los aspectos jurídicos y legales que se producen en una operación de compraventa de un inmueble. Está persona ofrece una seguridad legal y jurídica a la documentación que es presentada por ambas las partes (vendedor y comprador) en lo que se refiere a la vivienda. El notario comprueba dicha documentación con el objetivo de comprobar que todo está en regla. El estado establece los honorarios de los notarios que se fijan según una escala que cambia en función de la cantidad del precio escriturado. El notario actúa normalmente: como asesor independiente de ambas partes, comprobando si toda la documentación está en regla; e informar sobre los aspectos claves de la compra: precio y forma de pago, aspectos físicos y urbanísticos de la vivienda. También informa las consecuencias que conlleva el no pagar los impuestos correspondientes en una operación de compraventa. También interviene como fedatario público, dando garantía jurídica al contenido de la escritura de compraventa. Redacta un documento en el que advierte los riesgos o problemas que puedan surgir y que medidas que habría que tomar en el caso de que surgieran para solucionarlos.

15.- ¿Necesito un abogado o un agente de la propiedad inmobiliaria  para comprar una vivienda?

Ninguno de los dos profesionales es obligatorio en una operación de compraventa de un inmueble pero si es recomendable buscar su asesoramiento. Son las persona que interviene en todo el proceso de adquisición. Su trabajo se basa en estudiar cuál es la situación real de la vivienda, si existen cargas sobre el inmueble o no y comprobar la titularidad. Buscarán cuál es la fórmula jurídica más adecuada para adquirir la vivienda y evitar futuros contratiempos. Es resumen, te informarán y asesorarán hasta el final del proceso de cuál es la fórmula jurídica y legal más recomendable de adquisición de la finca.

16.- ¿Cuál es la documentación necesaria para comprar una vivienda de nueva construcción?

Para acreditar el carácter de este tipo de viviendas es necesario aportar en la notaría: cédula urbanística, cédula catastral y cédula de habitabilidad. La legalidad de la construcción y del uso viene acreditado en los siguientes documentos: Licencia de obras y certificación del técnico competente que acredite que se ha finalizado la misma conforme al proyecto aprobado por el ayuntamiento, licencia de primera ocupación del edificio (relacionada con su habitabilidad) que comprueba la efectividad del cumplimiento de la normativa legal, cédula de habitabilidad y la inscripción en el registro de la propiedad