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ARRENDAMIENTOS URBANOS

TEMA: ARRENDAMIENTOS URBANOS

ASUNTO: EXTINCIÓN DE CONTRATOS CUYOS ARRENDATARIOS SE HUBIESEN OPUESTO A LA ACTUALIZACIÓN DE LA RENTA

FECHA: 16 de diciembre de 2002.

RECORDATORIO

Les recordamos que de conformidad con lo establecido en la regla 6ª del número 11, letra D) de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de noviembre de 1994, (1) los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985, en los que el inquilino se opuso a la actualización de la renta, se extinguirán en un plazo de 8 años, aun cuando se produzca una subrogación, contándose dicho plazo a partir de la fecha del requerimiento fehaciente del arrendador.

A los efectos previstos en el párrafo anterior, consideramos conveniente, se informe por escrito fehaciente y con un mes de antelación a la fecha de su vencimiento de la extinción de dicho contrato. [Se acompaña modelo de escrito(²)].

(1) Disposición Transitoria Segunda, D) 11, regla 6ª

6ª.- El inquilino podrá oponerse a la actualización de renta comunicándoselo fehacientemente al arrendador en el plazo de los treinta días naturales siguientes a la recepción del requerimiento de éste, en cuyo caso la renta que viniere abonando el inquilino hasta ese momento, incrementada con las cantidades asimiladas a ella, sólo podrá actualizarse anualmente con la variación experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización.

Los contratos de arrendamientos respecto de los que el inquilino ejercite la opción a que se refiere esta regla, quedarán extinguidos en un plazo de ocho años, aún cuando se produzca una subrogación, contándose dicho plazo a partir de la fecha del requerimiento fehaciente del arrendador.

(²)(MODELO DE COMUNICACIÓN)

( Nombre y dirección del arrendatario)

Como propietario/administrador del piso _________, de acuerdo con el contrato que tenemos suscrito por el alquiler del citado piso de fecha _____________ y de conformidad con su escrito de fecha_______________, mediante el cual comunicó a esta propiedad/administración su oposición a la actualización de la renta prevista en la letra D) de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 29/1994 de 24/11/1994, le requiero al amparo de lo previsto en la regla 6ª letra D número 11 de la citada Disposición Transitoria Segunda, para que el próximo día ____________________, proceda al desalojo de la vivienda con la entrega de llaves a la propiedad/administración del piso arrendado, al cumplirse el periodo de 8 años previsto en la citada regla para la extinción del contrato en caso de oposición a la actualización de la renta.