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La instalación de antenas de telefonía móvil se hará en suelo no urbanizable y nunca en edificios

Las quejas, el miedo y las inquietudes vecinales sobre la proliferación de antenas de telefonía móvil en los barrios almerienses se han escuchado en un tiempo record.
El Area de Urbanismo ha redactado la Ordenanza municipal para la instalación y funcionamiento de instalaciones de radiocomunicación que aprobará el Pleno a finales de este mes.
El concejal de Urbanismo, Diego Cervantes ha destacado que se trata de unas medidas “precautorias ante la pasividad e inexistencia de unas directrices generales”.

Actualmente, el Gobierno ha redactado un Anteproyecto de Ley, que aún no ha sido aprobado; y Almería es “de las pocas ciudades españolas que se ha adelantado y ha hecho su propia normativa”.
Con esta ordenanza se establecen, dijo, “las bases para atender a la demanda ciudadana y se garantizan posibles perjuicios sobre la población”.
Desde el mes de mayo, los colectivos nacionales y provinciales representantes de los vecinos lanzaron la voz de alarma.
La Federación de Asociaciones de Vecinos (FAVA) “Espejo del Mar” y “La Torre”, de Torrecárdenas solicitaron, en su día, información al Ayuntamiento sobre las consecuencias de la instalación de estas antenas de telefonía móvil.

En opinión del concejal de Urbanismo, la mejor información que se les puede dar a estas asociaciones “es la redacción de una normativa que supervise, a partir de ahora, estas instalaciones”.
Durante un mes, este Area ha estado trabajando en la redacción de la ordenanza y se ha extraído la legislación “más razonable.
Hemos visto todos los informes que se han hecho hasta la fecha, las legislaciones y la almeriense será muy parecida a la suiza, país que se esfuerza por el cuidado hacia el Medio Ambiente”.
Las antenas que se encuentran en los edificios de la capital se califican como “ilegales”.
El Ayuntamiento no ha autorizado la mayor parte de las instalaciones que “ondean” en los edificios y en la normativa se contempla un plazo razonable para que se adapten a la legislación o se obligará a su inmediata retirada.
“Al operador se le conoce y se expedientará en base a la legislación”.
En el plazo de un año, desde la entrada en vigor de la Ordenanza, los operadores “legales” deberán remitir al Ayuntamiento una certificación acreditando su conformidad de la instalación a lo que ahora dispone el Ayuntamiento.
Por otro lado, las instalaciones de radiocomunicación establecidas sin la debida licencia urbanística deberán regularizar su situación.
Deberán presentar un Programa de Implantación y licencia oportuna.
Algunas de las medidas más destacadas que contempla esta ordenanza es que las antenas se instalarán en suelo no urbanizable y no se permitirán en edificios o conjuntos protegidos, de acuerdo con el Plan General de Ordenación Urbana.
Serán edificios especialmente protegidos los colegios, hospitales o espacios públicos como parques u otros.
La distancia entre las antenas y el suelo urbano será superior a 200 metros y la altura máxima total del conjunto formado por la antena y su estructura soporte no podrá exceder de 40 metros.
Las instalaciones base situadas en la cubierta de edificios no se permitirán, con carácter general, y de hacerse será por justificación suficiente de imposibilidad de situar la instalación en las zonas extremas al área central.
La ordenanza regula, igualmente, la instalación de contenedores vinculados a la base.