| ANTENAS
EN EDIFICIOS
EL
DINERO FACIL A LA LARGA PUEDE SER UNA CARGA DIFICIL
Cuando
una CIA de Telefonía Móvil, viene a ofrecer la instalación de una
antena en un Edificio, lo hace siempre diciendo que hace un gran
favor, ya que va a pagar, y que si no le contestamos en una semana,
se lo ofrecerá al edificio colindante, y perderíamos una gran oportunidad.
Por lo tanto convocamos una Junta de vecinos donde como orden del
día se pide la aprobación para la instalación de una Antena de Telefonía
Móvil , en esa reunión al ser urgente, nos encontraremos que no
hay nadie que se haya asesorado de lo mas mínimo, sobre los perjuicios
o beneficios de su instalación
Hemos aprobado la instalación de la Antena de Telefonía
móvil, nos presentan un contrato, y no nos asesoramos sobre el mismo,
porque solo nos fijamos en la cantidad que nos han ofrecido, y vamos
a ver si es lo que nos han dicho, el contrato viene sin firmar,
pero nosotros lo tenemos que firmar y ya la empresa nos lo devolverá
firmado, la mayoría de las veces esos contratos no van firmados
por el Presidente en cada folio, sino al final del contrato en el
ultimo anverso o reverso del folio., se corre un peligro que ese
contrato cuando vuelva a la comunidad no sea el que habíamos leído,
y aparezcan otras cláusulas, o modificadas algunas, eso si la cláusula
dineraria, seguirá estando. Tendremos que tener en cuenta también
que 3000 Kg. encima de un edificio, modifica la estructura, y una
modificación visual, para ello como para el arrendamiento se necesita
la aprobación unánime de todos los propietarios del edificio
En los contratos que presentan las operadoras no suelen
venir detalladas las instalaciones que van a montar, encontrándonos
en algunos casos que son ampliadas sin autorización, conviene que
nos detallen las instalaciones que van a poner y el lugar exacto
de su ubicación.
También tendremos en cuenta, que se intentará poner
una cláusula que no les permita el subarriendo a otros operadores,
o cualquier tipo de subarriendo.
Tendremos en cuenta las cláusulas de rescisión de contrato,
no solo será por falta de pago, o porque salga una ley que prohíba
las antenas en los edificios.
Muy importante es pedir a la operadora de telefonía
una copia del seguro que han contratado para la antena del edificio
y su instalación, pues tendremos unos beneficios por su instalación
pero no nos cubrirán por los daños que pudieran producirse por contaminación
electromagnética, y hay que pensar que somos subsidiarios de cualquier
problema que se derive de la instalación, y ¡librenos Dios ¡ de
que algún día se demuestre que las antenas tienen efecto nocivo
para la salud, pues no lloverían reclamaciones por daños y perjuicios,
de inquilinos ubicados en el edificio, de los edificios colindantes,
etc |