Ley Hipotecaria

Artículos que se relacionan con la Ley de Arrendamientos Urbanos

 

Articulo 34

Aviso legal

Solo los textos publicados en el Boletín Oficial del Estado o contenidos en certificaciones emitidas de conformidad con la normativa vigente tiene carácter auténtico

 

 

El tercero que de buena fe adquiera a titulo oneroso algún derecho de persona que en el Registro aparezca con facultadas para transmitirlo, será mantenido en su adquisición, una vez que haya inscrito su derecho, aunque después se anule o resuelva el del otorgante por virtud de causas que no consten en el mismo Registro. La buena fe del tercero se presume siempre mientras no se pruebe que conocía la inexactitudes del del Registro. Los adquirientes a título gratuito no gozarán de más protección registra que la que tuviere su causante o transferente